•Aunque Morena no ha emitido convocatoria ni ha iniciado el proceso electoral de 2027, el diputado federal se autoproclamó públicamente “precandidato” a la alcaldía de Acapulco; especialistas advierten que sus declaraciones y propaganda anticipada podrían derivar en sanciones e incluso en la impugnación de una eventual candidatura
Acapulco, Guerrero, 13 de mayo de 2026.– A más de un año de que inicie formalmente el proceso electoral de 2027 y sin que Morena haya emitido convocatoria para definir candidaturas en Acapulco, el diputado federal y expriista Javier Taja Ramírez decidió adelantarse públicamente y asumirse como “precandidato” a la alcaldía porteña, colocándose en una zona de posible riesgo jurídico-electoral.
Durante una conferencia de prensa realizada en Acapulco, Taja Ramírez no solo dejó entrever sus aspiraciones políticas, sino que abiertamente se definió como “precandidato” de Morena, pese a que legalmente aún no existe etapa de precampañas ni procedimiento interno abierto dentro del partido.
Cuestionado directamente por una reportera sobre si solicitaría licencia a la Cámara de Diputados para participar en el proceso interno morenista, el legislador respondió de manera categórica:
«Yo soy un precandidato”.
La declaración encendió alertas entre especialistas en materia electoral, debido a que la legislación mexicana establece restricciones claras sobre los actos anticipados de precampaña y campaña, particularmente cuando existe un llamado explícito o posicionamiento indebido fuera de los tiempos legales establecidos.
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), los actos anticipados de precampaña son aquellas expresiones, reuniones, propaganda o manifestaciones realizadas antes del inicio formal del proceso interno de selección de candidaturas, con el propósito de obtener una postulación.
Además, el artículo 445 de la misma legislación contempla sanciones para aspirantes, precandidatos o candidatos que incurran en actos anticipados de precampaña o campaña, las cuales pueden ir desde amonestaciones y multas hasta la negativa o cancelación del registro de candidatura en casos graves o reiterados.
Especialistas consultados en derecho electoral señalan que el hecho de asumirse públicamente como “precandidato” cuando Morena aún no abre procesos internos podría convertirse en un elemento de prueba dentro de una eventual impugnación promovida por partidos rivales o incluso por actores internos del propio movimiento.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha sostenido en diversos criterios jurisprudenciales que para acreditar actos anticipados deben analizarse tres elementos: el personal, el temporal y el subjetivo; es decir, quién realiza la conducta, en qué momento ocurre y si existe intención explícita de posicionarse electoralmente ante la ciudadanía.
En el caso de Javier Taja, además de las declaraciones públicas, se suma la aparición de bardas pintadas en distintos puntos de Acapulco con la frase “Taja no se raja”, propaganda que periodistas le cuestionaron durante la misma conferencia.
Sin embargo, el legislador intentó deslindarse de la campaña gráfica al responder:
“Yo no he visto ningún ‘Taja no se raja’”.
Aunque la frase no contiene de manera explícita una solicitud del voto, abogados electoralistas advierten que la autoridad puede analizar el contexto integral de posicionamiento personalizado, promoción sistemática de imagen y temporalidad de difusión para determinar si existe promoción indebida con fines electorales.
La propia Constitución mexicana, en su artículo 134, establece que los servidores públicos deben aplicar con imparcialidad los recursos públicos y evitar propaganda personalizada que influya en la equidad de la competencia política.
En Guerrero, órganos como el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado (IEPCGro), el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) tienen facultades para iniciar procedimientos especiales sancionadores cuando existan denuncias por promoción anticipada o violaciones a la normativa electoral.
Paradójicamente, Javier Taja Ramírez —quien militó durante años en el PRI antes de incorporarse a Morena— podría terminar colocando en riesgo jurídico una eventual candidatura por adelantarse a los tiempos legales que el propio sistema electoral establece para garantizar condiciones de equidad en la contienda.















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