Política

CNDH acredita violencia obstétrica en Chilapa y responsabiliza a personal por muerte de recién nacido

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos documentó una demora de tres horas para realizar una cesárea que requería atención inmediata; el organismo acreditó violaciones a los derechos de la madre y del recién nacido y ordenó al IMSS-Bienestar reparar integralmente el daño

Texto: Eduardo Yener Santos

Chilpancingo, Gro., 24 de octubre de 2026.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó violencia obstétrica e institucional en el Hospital General de Chilapa de Álvarez, Guerrero, luego de determinar que personal médico retrasó indebidamente la realización de una cesárea urgente que derivó en sufrimiento fetal, graves complicaciones y posteriormente en la muerte de un recién nacido el 25 de enero de 2025.

A través de la Recomendación 29/2026, el organismo nacional solicitó al Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar) reparar integralmente el daño ocasionado a la madre, quien además de perder a su hijo fue víctima de violaciones a sus derechos humanos.

De acuerdo con la investigación de la CNDH, la mujer ingresó durante la mañana del 25 de enero de 2025 al área de urgencias del Hospital General de Chilapa debido a complicaciones relacionadas con su embarazo.

Posteriormente fue internada en el área de obstetricia, donde personal médico le informó que era necesario practicarle una cesárea.

Sin embargo, el análisis de las pruebas realizado por especialistas en medicina de la CNDH determinó que la intervención quirúrgica se retrasó durante aproximadamente tres horas, a pesar de que estudios previos ya habían establecido que se trataba de una urgencia obstétrica que comprometía la vida del producto y requería atención inmediata.

La demora, estableció el organismo, produjo sufrimiento fetal y complicaciones graves en la salud del bebé.

Tras el nacimiento, el recién nacido debió ser trasladado al cunero patológico para permanecer bajo vigilancia especial debido a su estado de salud.

La madre también señaló en su queja que después del nacimiento observó que su bebé tenía la boca morada y pidió que fuera valorado por personal médico. Según su testimonio, se le indicó que esa condición era normal y que no debía preocuparse.

La CNDH documentó además que, aproximadamente a las 11 de la noche, la mujer escuchó que las enfermeras se retiraban a cenar debido a un convivio y que, alrededor de 15 minutos después, su hijo falleció sin recibir el auxilio que, según su denuncia, requería.

A partir del análisis del expediente, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos de la mujer a la protección de la salud materna y a una vida libre de violencia obstétrica e institucional, así como afectaciones al derecho del recién nacido a la protección de la salud y de la vida.

También determinó violaciones al principio del interés superior de la niñez, al derecho de acceso a la información en materia de salud y daños al proyecto de vida de la víctima.

El organismo señaló que la falta de atención adecuada no solamente tuvo consecuencias médicas, sino también afectaciones emocionales para la madre y sus familiares, quienes habían realizado esfuerzos para procurar el adecuado desarrollo del embarazo, incluso recurriendo a servicios médicos particulares y preparando las condiciones materiales y emocionales para recibir al menor.

Reparación y capacitación al personal

Como parte de la recomendación, la CNDH solicitó al IMSS-Bienestar proporcionar a las víctimas atención psicológica y/o tanatológica gratuita, inmediata y accesible, de acuerdo con sus necesidades.

También pidió implementar un programa de formación continua y profesionalización en materia de derechos humanos, protección de la salud materna y derecho a una vida libre de violencia, particularmente en su modalidad obstétrica.

La capacitación deberá dirigirse al personal médico de las áreas de ginecología y obstetricia del Hospital General de Chilapa.

Asimismo, solicitó emitir una circular para instruir al personal a cumplir con las obligaciones de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

Segundo caso de violencia obstétrica documentado en Guerrero durante 2026

La Recomendación 29/2026 representa el segundo caso de este año en Guerrero en el que la CNDH emite una recomendación contra el IMSS-Bienestar por violencia obstétrica relacionada con la muerte de un recién nacido.

En agosto pasado, el organismo emitió la Recomendación 26/2026, relacionada con otro caso ocurrido en el Hospital General de Ometepec, donde también determinó la existencia de violencia obstétrica que derivó en la muerte de una bebé el 4 de julio de 2025.

En ese caso, la paciente Verónica Añorve de los Santos, mujer indígena del pueblo ñomndaa de Cochoapa, denunció haber recibido atención tardía durante su embarazo.

Los dos expedientes colocan nuevamente bajo escrutinio la atención materna en hospitales públicos de Guerrero y evidencian, de acuerdo con las investigaciones de la CNDH, fallas que van más allá de una deficiencia médica aislada: involucran tiempos de atención, protocolos, condiciones hospitalarias y obligaciones del personal para garantizar los derechos de las mujeres y de los recién nacidos.