Chilpancingo, Gro., 24 de marzo de 2026.– Con el objetivo de sancionar con mayor rigor el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, permitiendo la inscripción de deudores alimentarios morosos en el Registro Estatal correspondiente, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas y adiciones al artículo 205 del Código Penal para el Estado de Guerrero.
Al fundamentar el dictamen, a nombre de la Comisión de Justicia y como promovente de la propuesta (a la cual se adhirió la diputada Marisol Bazán Fernández) la diputada Luissana Ramos Pineda, destacó que la reforma tiene como objetivo garantizar los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes a la alimentación, la salud, la vestimenta, la educación y el libre desarrollo de la personalidad, entre otros.
De este modo, con la reforma al primer párrafo del artículo 205 del Código Penal del Estado, se establece que, si el adeudo excede de treinta días, el juez ordenará al Registro Civil el ingreso de los datos del sentenciado en el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos.
Asimismo, con la adición de un cuarto párrafo al artículo 205 del citado Código, se señala que, una vez que el sentenciado cumpla con la reparación del daño, el juez, a petición de parte, deberá ordenar al Registro Civil la cancelación de dicha inscripción.
Agrega que, con estas modificaciones, se pretende garantizar los derechos alimentarios de la niñez guerrerense, ya que el deudor alimentario deberá cumplir con sus obligaciones familiares y, de esta manera, evitar su inscripción en el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, dado que al estar inscrito en él se limitan sus derechos civiles y políticos.
















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