Legislatura

Propone Jesús Parra la Alerta Registral, para blindar la propiedad a terceros

En la ley registral que regulará el registro público de la propiedad que hoy aprobó el pleno por unanimidad

Texto: Staff

Chilpancingo de los Bravo, Gro., 11 de junio de 2024.- El diputado Jesús Parra García propuso la incorporación de la llamada Alerta Registral, que
advertirá a las personas cuando la información inscrita a su favor en el Registro Público de la
Propiedad pretenda ser motivo de algún trámite o movimiento, dentro de la iniciativa de Ley
Registral que regulará al Registro Público de la Propiedad, para blindar los derechos humanos
de propiedad frente a terceros.

Este día, durante la segunda sesión plenaria del Congreso del Estado, las y los legisladores aprobaron por unanimidad la ley registral para el estado de Guerrero, dictamen presentado por la Comisión de Justicia que preside el diputado Jesús Parra García.
Al fundamentar en tribuna el dictamen en a nombre de la comisión que encabeza, el legislador señaló que la comisión dictaminadora partió de la premisa que concibe al Registro Público de la Propiedad como la institución jurídica de carácter eminentemente pública, cuyo objetivo es proporcionar publicidad a los actos jurídicos que regula el Derecho Civil vigente, frente a terceros, orientada por la función social, para hacer más simplificada y módica la transmisión jurídica a través de un procedimiento legal, que brinde la seguridad jurídica en sus bienes y posesiones que esté a la altura de la sociedad guerrerense.
Enseguida, Parra García enlistó los cambios y modificaciones que las y los diputados de la Comisión de Justicia realizaron a la iniciativa enviada por la titular del Poder legislativo.
Señaló que se incorporaron principios que deben orientar al Registro Público de la Propiedad
que se estimaron de vital importancia, como el de Buena Fe y el de Obligatoriedad, que se
habían omitido en la iniciativa enviada por la titular del Poder Ejecutivo.
Agregó que con esta Ley secundaria que se deroga la parte especial que se contenía en el
Código Civil guerrerense por considerar que no sólo se actualiza en contenido, sino que se
incorporan modificaciones que llevarán a esta Institución a su modernización y un mejor
servicio a las y a los guerrerenses.
Dio a conocer que la Comisión determinó precisar el nombre de la Institución, ya que por un
lado se le denominaba como Registro Público de la Propiedad, en otras, como Registro Público
de la Propiedad y del Comercio y en otras más, como Registro Público de la Propiedad, del
Comercio y Crédito Agrícola; por lo que esta Comisión Dictaminadora, decidió seguir el espíritu
que yace en la Fracción XXXVI del Artículo 91 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Guerrero, es decir, la de Registro Público de la Propiedad.

Finalmente, Parra García sostuvo que las modificaciones no fueron producto de reflexiones
puramente filosóficas, sino de estudio cuidadoso, que se enriqueció de reuniones con
integrantes de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado y la Dirección del Registro
Público de la Propiedad con la comisión, por lo que pidió al pleno votar a favor de la que
consideró que con esta Ley Registral se beneficia a las y a los guerrerenses y se blindan sus
derechos humanos de propiedad frente a terceros.